En referencia a
las consultas recibidas en esta
Subsecretaría de Educación, con relación a las licencias de aquellos docentes
del sistema educativo provincial que se encuentran “designados por partidos
políticos o agrupaciones políticas reconocidas, como candidato a cargos
electivos, titulares o suplentes de cualquier índole y en cualquier
jurisdicción” teniendo en cuenta la proximidad con la fecha de realización de
las elecciones primarias y elecciones legislativas establecidas conforme el
calendario electoral programado para el presente año.
A tal
fin, se informa que los docentes involucrados “tendrán derecho a hacer uso de
licencia con goce íntegro de haberes hasta el día del comicio y desde treinta (30) días anteriores al mismo, como máximo”.
Dichas licencias
deberán encuadrarse en el marco de lo establecido en el Artículo 115 inciso f
de la Ley 10579, Decreto Reglamentario
según lo dispuesto por el Artículo 58 de la Ley 10430 y modificatorias;
texto incorporado por la Ley 13967 a la Ley mencionada en primer término.
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