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CIERRE de Postulaciones NIVEL
PRIMARIO: 01/03/2021--- 10
horas
CIERRE de Postulaciones NIVEL
SECUNDARIO /SECUNDARIO Técnico -
03-03-2021 -10 horas
ATENCIÓN: SE ENCUENTRA VIGENTE EL
NUEVO PROCEDIMIENTO DE POSTULACIONES DEL
ABC que se menciona en el comunicado anterior.
IMPORTANTE:
La designación de docentes está
sujeta a las actividades presenciales, como primer requisito.
Todos aquellos postulantes deben cumplir los siguientes
requisitos establecidos en la Resolución 417/2021 DGCYE, en el art. 8:
Establecer que se podrá designar
en los MÓDULOS PRESENCIALES DE FORTALECIMIENTO DE LAS TRAYECTORIAS
EDUCATIVAS a docentes que cumplan los siguientes requisitos:
a. Tener el perfil específico de acuerdo a los saberes
prioritarios y nivel de enseñanza a fortalecer.
Para cumplir este requisito se debe verificar poseer el código PID determinado
en el IGE por el equipo directivo del establecimiento educativo.
b. No tener, en todos sus desempeños activos, más de UN
(1) CARGO (jornada simple o extendida) o CATORCE
(14) MODULOS o su equivalente en cargos y módulos. Estos datos serán verificados en el sistema SUNA Y
HOST, sólo al docente mejor merituado en cada postulación, de no
cumplir este requisito, se pasará al segundo mejor merituado y así
sucesivamente.
c. No superar, en todos sus desempeños activos, con la
nueva designación ni con otras que tome con posterioridad y en forma simultánea
DOS (2) CARGOS o VEINTIOCHO (28) MODULOS.
d. Ser menor de 59 años y 6 meses.
e. Tener condiciones de salud para realizar actividades presenciales no estando
alcanzado por los grupos de riesgo establecidos por la Resolución
Nº207/2020 del Ministerio de Trabajo de la
Nación y, complementariamente, la Resolución Nº 90/2020 del Ministerio Jefatura
de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires.
A los fines de dar cumplimiento a
lo dispuesto en el Apartado e) del presente artículo deberá presentar una Declaración Jurada de Salud que se
ajunta como Anexo IV (IF-2021-02462296-GDEBADPGRHDGCYE). que podrá descargarse
desde el portal ABC. SERVICIOS.
ARTÍCULO 9º: Establecer que la
priorización en la designación de los MÓDULOS PRESENCIALES DE FORTALECIMIENTO
DE LAS TRAYECTORIAS EDUCATIVAS, de quienes cumplan con lo establecido en el
artículo 8º, se realizará:
b. En caso que las actividades no puedan ser cubiertas por
docentes del establecimiento educativo,
se cubrirán a través de convocatorias por Acto Público Digital.
Para ello, se elaborará un
Listado Especial para la posible cobertura de estos cargos por aquellos docentes
que no estén inscriptos en los Listados
Oficiales 2021. Será requisito para la inscripción en el Listado Especial tener por lo
menos aprobadas el CINCUENTA PORCIENTO (50%) de las materias de la formación
docente. A los fines de la selección de postulantes del Listado
Especial se priorizará en su selección a
los y las estudiantes hayan participado del PROGRAMA DE ACOMPAÑAMIENTO A LAS
TRAYECTORIAS Y LA REVINCULACION (ATR) creado por la
Resolución Nº 1819/2020 de la Dirección General de Cultura y Educación.
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